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EE.UU. suaviza sanciones contra Venezuela sobre petróleo y fertilizantes

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Las autorizaciones están restringidas a compañías o personas estadounidenses habilitadas por Washington para operar en el país suramericano.
EE.UU. suaviza sanciones contra Venezuela sobre petróleo y fertilizantes

La Oficina de Control de Activos Extranjeros de EE.UU. (OFAC, por sus siglas en inglés), una instancia adscrita al Departamento del Tesoro, publicó este viernes tres nuevas licencias que alivian parcialmente las sanciones impuestas por Washington sobre el petróleo y los fertilizantes producidos por Petróleos de Venezuela (PDVSA) o alguna de las empresas mixtas en la que la estatal venezolana tiene mayoría accionaria. 

En la primera de ellas, numerada como 46B, "se autorizan las actividades que sean habitualmente incidentales y necesarias para la extracción, exportación, reexportación, venta, reventa, suministro, almacenamiento, comercialización, compra, entrega o transporte de petróleo de origen venezolano, incluido el refinado de dicho petróleo, o de productos petroquímicos de origen venezolano para su importación a los EE.UU., por parte de una entidad estadounidense establecida". 

En línea semejante, la segunda licencia habilita operaciones "que sean habitualmente incidentales y necesarias para el suministro por parte de EE.UU. o de una persona estadounidense de bienes, tecnología, software o servicios para la exploración, desarrollo o producción de petróleo, gas o productos petroquímicos en Venezuela". 

A ello se suman acciones destinadas a la "generación, transmisión, almacenamiento o distribución de electricidad en Venezuela". 

Asimismo –y en el espíritu de las recientemente reformada Ley Orgánica de Hidrocarburos–, en la tercera licencia (49A) se autorizan "los contratos contingentes relacionados con la negociación y celebración de nuevos contratos de inversión en petróleo, gas, productos petroquímicos u operaciones del sector eléctrico en Venezuela". 

No obstante, el texto advierte que las empresas y particulares interesadas en establecer estos acuerdos comerciales con el país bolivariano, deben recibir una autorización individual de la OFAC.  

Condiciones y restricciones

En continuidad con la política de alivio de medidas coercitivas unilaterales a Venezuela implementada por Washington desde febrero pasado, los contratos, aunque suscritos con Caracas, deberán regirse por las leyes estadounidenses. Además, cualquier controversia será dirimida en tribunales de EE.UU.

En adenda, se precisa que "todo pago monetario a una persona bloqueada, con excepción de los pagos de impuestos locales, permisos o tasas, se realiza a los Fondos de Depósito de Gobiernos Extranjeros" o a otra cuenta decidida por el Tesoro estadounidense, de conformidad con lo expuesto en la Orden Ejecutiva 14.373, fechada el 9 de enero de 2026. 

En esta puntualización se incluye al Estado venezolano y a cualquiera de sus entidades, pues la Casa Blanca renovó por otro año las sanciones contra Venezuela, al estimar que las condiciones imperantes en ese país siguen "representando una amenaza inusual y extraordinaria para la seguridad nacional y la política exterior" de EE.UU.

Los documentos excluyen explícitamente el pago por medio de canje de deudas y pagos en especie, tokens o criptomonedas. A ello se suman cualesquiera intercambios que involucren a "buques bloqueados". 

También se prohiben las transacciones relacionadas con el negocio petrolero venezolano con personas ubicadas u organizadas "bajo las leyes de la Federación Rusa, la República Islámica de Irán, la República Popular Democrática de Corea, la República de Cuba" y la República Popular China, así como con cualquier entidad controlada total o parcialmente por esos países o personas. 

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